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{{Cita|''Sin entrar en el organigrama del consell - que queda fuera de nuestro propósito - es oportuno resaltar el amplio campo de trabajo y de autoridad que les corresponde a jurats y oficiales del municipio en cuanto a las funciones y competencias que, en el ámbito valenciano, deben asumir porque en estas tierras 'estrenaban' fueros y cotidianamente iban aprobando ordenances i stabliments, de manera que si - unas y otros -, todos ellos eran en cierto modo semejantes, en cada caso y lugar regulan una forma de vida.''
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''El Justicia ordena al saig convoque a sesión a jurados y consejeros, para un día y hora determinada, en la Sala de la casa de la villa, a la que deberán acudir todos con la debida puntualidad y sin más demora que el tiempo que duraba en arder una vela de un palmo de larga so pena en incurrir en falta.'' [...]
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''Una de las más graves preocupaciones del consell fue siempre el orden público, mayormente en los primeros momentos de la constitución de los municipios cristianos, cuando aquéllos iban conformando sus ordenances y stabliments y cantidad de familias, en permanente aluvión, iban asentándose en el Reino.'' [...]
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''El órgano rector del municipio foral valenciano es el Consell, del que ofrecemos muchísimas referencias de sus funciones en la documentación que presentamos. Y su máxima autoridad es el Justicia, que preside todas aquellas sesiones que deben sustanciar cualquier asunto de índole municipal o sentenciar en un juicio...''}}
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* ''Historia de la Cultura Valenciana (1269-1499): documentos para su estudio''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2004).
    
{{Cita|Es Valencia la ciudad que calificamos de primigenia:
 
{{Cita|Es Valencia la ciudad que calificamos de primigenia:
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
 
* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
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{{Cita|''Sin entrar en el organigrama del consell - que queda fuera de nuestro propósito - es oportuno resaltar el amplio campo de trabajo y de autoridad que les corresponde a jurats y oficiales del municipio en cuanto a las funciones y competencias que, en el ámbito valenciano, deben asumir porque en estas tierras 'estrenaban' fueros y cotidianamente iban aprobando ordenances i stabliments, de manera que si - unas y otros -, todos ellos eran en cierto modo semejantes, en cada caso y lugar regulan una forma de vida.''
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''El Justicia ordena al saig convoque a sesión a jurados y consejeros, para un día y hora determinada, en la Sala de la casa de la villa, a la que deberán acudir todos con la debida puntualidad y sin más demora que el tiempo que duraba en arder una vela de un palmo de larga so pena en incurrir en falta.'' [...]
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''Una de las más graves preocupaciones del consell fue siempre el orden público, mayormente en los primeros momentos de la constitución de los municipios cristianos, cuando aquéllos iban conformando sus ordenances y stabliments y cantidad de familias, en permanente aluvión, iban asentándose en el Reino.'' [...]
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''El órgano rector del municipio foral valenciano es el Consell, del que ofrecemos muchísimas referencias de sus funciones en la documentación que presentamos. Y su máxima autoridad es el Justicia, que preside todas aquellas sesiones que deben sustanciar cualquier asunto de índole municipal o sentenciar en un juicio...''}}
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* ''Historia de la Cultura Valenciana (1269-1499): documentos para su estudio''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2004).
      
{{Cita|''Se ha venido aceptando que Jaime I -en una apacible reunión que tuviera en Alcañiz con Hugo de Fullalquer y don Blasco de Aragón- se avino a las sugerencias de ambos en bajar a la conquista de las tierras del sayyid almohade de Valencia Abu Sa´id pero admitimos que si, para algunos, en aquel momento, el monarca no tenía idea cabal del destino de las nuevas tierras que pudiera conquistar, es bien cierto que nos debe constar que jamás pensó incorporarlas al reino de Aragón o al Condado de Barcelona.''}}
 
{{Cita|''Se ha venido aceptando que Jaime I -en una apacible reunión que tuviera en Alcañiz con Hugo de Fullalquer y don Blasco de Aragón- se avino a las sugerencias de ambos en bajar a la conquista de las tierras del sayyid almohade de Valencia Abu Sa´id pero admitimos que si, para algunos, en aquel momento, el monarca no tenía idea cabal del destino de las nuevas tierras que pudiera conquistar, es bien cierto que nos debe constar que jamás pensó incorporarlas al reino de Aragón o al Condado de Barcelona.''}}
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