{{Cita|''Art. 1º La Real Academia Española se compondrá de cuarenta y dos Académicos numerarios, ocho de los cuales deberán haberse distinguido notablemente en el conocimiento de las lenguas españolas distintas de la castellana, distribuyéndose de este modo: dos para el idioma catalán, uno para el valenciano, uno para el mallorquín, dos para el gallego y dos para el vascuence.''}}
{{Cita|''Art. 1º La Real Academia Española se compondrá de cuarenta y dos Académicos numerarios, ocho de los cuales deberán haberse distinguido notablemente en el conocimiento de las lenguas españolas distintas de la castellana, distribuyéndose de este modo: dos para el idioma catalán, uno para el valenciano, uno para el mallorquín, dos para el gallego y dos para el vascuence.''}}
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En el Bolletí de la Real Acadèmia (Tom XXXIX - Cuadern CLVIII, septembre-decembre 1959, pag.494), la definició de ''Valenciano'' era la següent:
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En el Bolletí de la Real Acadèmia (Tom XXXIX - Quadern CLVIII, setembre-decembre 1959, pàg. 494), la definició de ''Valenciano'' era la següent:
{{Cita|''Lengua hablada en la mayor parte del antiguo Reino de Valencia.''}}
{{Cita|''Lengua hablada en la mayor parte del antiguo Reino de Valencia.''}}