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* ''Fr. Tomás de Rocabertí y el Colegio de San Pío V de Valencia'' (2008)
 
* ''Fr. Tomás de Rocabertí y el Colegio de San Pío V de Valencia'' (2008)
 
* ''Los judíos en la Valencia medieval: vida, sociedad y cultura'' (2008)
 
* ''Los judíos en la Valencia medieval: vida, sociedad y cultura'' (2008)
* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]'', (RACV. Valéncia, 2008)
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]'', (RACV. Valéncia, 2008). Conferència inaugural del curs 2008-2009. 14 de novembre de 2008.
 
* ''La repoblación mudejar del Castellón tardomedieval'' (2009)
 
* ''La repoblación mudejar del Castellón tardomedieval'' (2009)
 
* ''Estructura urbanística del Castellón tardomedieval'' (2010)
 
* ''Estructura urbanística del Castellón tardomedieval'' (2010)
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== Cites ==
 
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{{Cita|''Sin entrar en el organigrama del consell - que queda fuera de nuestro propósito - es oportuno resaltar el amplio campo de trabajo y de autoridad que les corresponde a jurats y oficiales del municipio en cuanto a las funciones y competencias que, en el ámbito valenciano, deben asumir porque en estas tierras 'estrenaban' fueros y cotidianamente iban aprobando ordenances i stabliments, de manera que si - unas y otros -, todos ellos eran en cierto modo semejantes, en cada caso y lugar regulan una forma de vida.''
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''El Justicia ordena al saig convoque a sesión a jurados y consejeros, para un día y hora determinada, en la Sala de la casa de la villa, a la que deberán acudir todos con la debida puntualidad y sin más demora que el tiempo que duraba en arder una vela de un palmo de larga so pena en incurrir en falta.'' [...]
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''Una de las más graves preocupaciones del consell fue siempre el orden público, mayormente en los primeros momentos de la constitución de los municipios cristianos, cuando aquéllos iban conformando sus ordenances y stabliments y cantidad de familias, en permanente aluvión, iban asentándose en el Reino.'' [...]
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''El órgano rector del municipio foral valenciano es el Consell, del que ofrecemos muchísimas referencias de sus funciones en la documentación que presentamos. Y su máxima autoridad es el Justicia, que preside todas aquellas sesiones que deben sustanciar cualquier asunto de índole municipal o sentenciar en un juicio...''}}
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* ''Historia de la Cultura Valenciana (1269-1499): documentos para su estudio''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2004).
    
{{Cita|Es Valencia la ciudad que calificamos de primigenia:
 
{{Cita|Es Valencia la ciudad que calificamos de primigenia:
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
 
* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
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{{Cita|''Sin entrar en el organigrama del consell - que queda fuera de nuestro propósito - es oportuno resaltar el amplio campo de trabajo y de autoridad que les corresponde a jurats y oficiales del municipio en cuanto a las funciones y competencias que, en el ámbito valenciano, deben asumir porque en estas tierras 'estrenaban' fueros y cotidianamente iban aprobando ordenances i stabliments, de manera que si - unas y otros -, todos ellos eran en cierto modo semejantes, en cada caso y lugar regulan una forma de vida.''
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{{Cita|''Se ha venido aceptando que Jaime I -en una apacible reunión que tuviera en Alcañiz con Hugo de Fullalquer y don Blasco de Aragón- se avino a las sugerencias de ambos en bajar a la conquista de las tierras del sayyid almohade de Valencia Abu Sa´id pero admitimos que si, para algunos, en aquel momento, el monarca no tenía idea cabal del destino de las nuevas tierras que pudiera conquistar, es bien cierto que nos debe constar que jamás pensó incorporarlas al reino de Aragón o al Condado de Barcelona.''}}
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
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{{Cita|''En cuanto a la libertad sorprende leer detenidamente los Furs valencianos para darse cuenta de que a las familias que iban asentándose en estas tierras de realengo se les concederían unos privilegios y unas condiciones jurídicas excepcionales – que aún hoy resultan inconcebibles para muchos territorios de aquel siglo XIII europeo – y unos beneficios para quienes emigraban a las tierras valencianas de las de señorío e iban a asentarse en un territorio de libertad, prometedor de oportunidades que, en modo alguno, gozaron en sus lugares de procedencia y en el que su condición de vehí les concedía defensa y protección, a saber:''
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1.- ''una justicia administrada por el propio pueblo, a través del Justicia local''
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2.- ''un comercio libre y ejercido por cualquier vecino de una comunidad''
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''El Justicia ordena al saig convoque a sesión a jurados y consejeros, para un día y hora determinada, en la Sala de la casa de la villa, a la que deberán acudir todos con la debida puntualidad y sin más demora que el tiempo que duraba en arder una vela de un palmo de larga so pena en incurrir en falta.'' [...]
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3.- ''un libre disfrute de aguas y riberas, propiedad de los municipios''
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''Una de las más graves preocupaciones del consell fue siempre el orden público, mayormente en los primeros momentos de la constitución de los municipios cristianos, cuando aquéllos iban conformando sus ordenances y stabliments y cantidad de familias, en permanente aluvión, iban asentándose en el Reino.'' [...]
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4.- ''el libre ejercicio de la enseñanza impartida por cualquier vecino''
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''El órgano rector del municipio foral valenciano es el Consell, del que ofrecemos muchísimas referencias de sus funciones en la documentación que presentamos. Y su máxima autoridad es el Justicia, que preside todas aquellas sesiones que deben sustanciar cualquier asunto de índole municipal o sentenciar en un juicio...''}}
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5.- ''una libertad de tránsito de personas y ganados, por caminos y assagadors''
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* ''Historia de la Cultura Valenciana (1269-1499): documentos para su estudio''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2004).
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6.- ''una moneda de cambio libre y ajustada a un módulo, esto es, el morabatí''
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{{Cita|''Se ha venido aceptando que Jaime I -en una apacible reunión que tuviera en Alcañiz con Hugo de Fullalquer y don Blasco de Aragón- se avino a las sugerencias de ambos en bajar a la conquista de las tierras del sayyid almohade de Valencia Abu Sa´id pero admitimos que si, para algunos, en aquel momento, el monarca no tenía idea cabal del destino de las nuevas tierras que pudiera conquistar, es bien cierto que nos debe constar que jamás pensó incorporarlas al reino de Aragón o al Condado de Barcelona.''}}
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7.- ''y el libre ejercicio de su religión, en mezquitas y sinagogas, protegidas por la autoridad real''}}
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008)
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* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. Francisco A. Roca Traver ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008) Conferència inaugural del curs 2008-2009. 14 de novembre de 2008.
    
== Referències ==
 
== Referències ==
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